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Personal de libre nombramiento

 

 

 

Los empleados del Colegio no ostentan la condición de empleados públicos ni los Estatutos colegiales contemplan la figura del personal de libre nombramiento. 

La materia de personal colegial es ajena al ejercicio de las funciones públicas que corresponden al Colegio, por lo que no le es de aplicación a la misma la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.